martes, 24 de septiembre de 2013

Todo tiene un principio


Desde este apartado queremos hacerles llegar información de carácter general y legal de la vida de una Comunidad de Propietarios, ha sido muy famosa la serie televisiva de una comunidad de vecinos muy particular y aunque parezca asombroso más cerca de la realidad de lo que parece, los años de experiencia en la gestión de comunidades con la que contamos podría hacer más realista esta serie de lo que realmente pueda parecerles.

Por y para ello nace esta sección, hacerles llegar numerosa información e incluso, de ser el caso, contestar cuestiones particulares de sus comunidades de vecinos ya sean nuestros clientes o futuros clientes.

Como en todo habrá que empezar por el principio, lo primero que hay que tener claro es que para que una Comunidad de Propietarios exista legalmente deberá estar constituida como un ente jurídico independiente, con su CIF, un Libro de Actas, una Junta Directiva, con Presidente y Secretario, todo ello aprobado por la Junta General de Propietarios, que han debido ser convocados con anterioridad a la celebración de dicha junta.

También nos puede surgir la duda de cuándo debemos o podemos constituir nuestra Comunidad, en cuanto la mayoría de los propietarios así lo decidáis, no es necesario que el constructor os convoque a una reunión, podéis reuniros sin más, eso sí advirtiendo al constructor por escrito de la convocatoria de esa reunión, pues normalmente al principio suele ser propietario al igual que nosotros porque no vendió todas las viviendas o locales.

Una vez constituida nuestra Comunidad empieza la vida diaria de la misma, contratos de mantenimientos, de limpieza, de inspecciones periódicas, altas de suministros, decoración de los portales, compra de felpudos y papeleras, jardinería, contratación del seguro, elaboración de un presupuesto general para el año en vigencia, pago de facturas, vigilar que todo el mundo esté al día en sus pagos, contratación de un administrador…

Por último y no menos importante, necesitamos que el constructor nos facilite la división horizontal de vuestro edificio, pues en ella tenemos toda la información para poner a funcionar nuestra Comunidad.

Volviendo al principio para hablar de los problemas y cuestiones que pueden surgir en una comunidad, nos vemos el próximo artículo dónde trataremos el tema de los órganos directivos de una comunidad y sus obligaciones.

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